Resumen
La Constitución de 1991 entronizó el paradigma del control interno y defirió su desarrollo al legislativo. Sistemas de desarrollo administrativo, planeación, gestión y calidad fueron regulados, y, en todos ellos, ha tenido presencia el control interno bajo el planteo sistémico de que concierne de manera distribuida a todas las personas en las instituciones. El derecho disciplinario ha avanzado, pero conserva el paradigma retributivo dentro de una visión mayestática del Estado, arropado en la función pública y en la subordinación del funcionariado. Existen bases constitucionales y legales, sin perjuicio de obligadas reformas procedimentales, para revolucionar con el paradigma restaurativo al derecho disciplinario. Víctimas, ofensores y el aprendizaje organizacional lo demandan. Se trata del ser humano como ser moral.