Resumen
Hoy damos por sentado que si un daño es imputable al Estado, este debe repararlo integralmente y que los jueces lo pueden obligar a hacerlo. En Colombia, ello es el resultado de una evolución jurisprudencial memorable, en la esencia misma de la construcción de nuestro derecho administrativo durante el siglo XX. El punto más alto de ese proceso vendría a materializarse por el constituyente del 91, al consagrar la responsabilidad del Estado como uno de los pilares de nuestro Estado Social de Derecho. Este trabajo describe ese proceso, pero además reivindica la idea de que la misma es un preciado fruto de la transición de los conceptos de Estado de Derecho a Estado Social de Derecho.