Resumen
El texto aborda la distinción entre dos tipos de contratos estatales: aquellos regidos por el Estatuto General de Contratación (EGC) y aquellos enmarcados en regímenes especiales de derecho privado, a propósito del pacto y ejercicio de facultades unilaterales para la administración. El artículo pretende examinar la jurisprudencia del Consejo de Estado los cada vez más frecuentes pactos de cláusulas que habilitan la unilateralidad a favor de la administración, invocando el principio de autonomía de la voluntad y sin una norma explícita que los consagre como potestad. A criterio del autor, esta nueva línea jurisprudencial no ha sido del todo consistente, para lo que ofrece una comparación entre diversos fallos sobre el particular, a fin de colocar sobre la mesa la necesidad de una unificación jurisprudencial que evite confusiones y dificultades para la aplicación de las normas jurídicas en un campo de gran utilización.