Resumen
el contractualismo social del Estado y el contractualismo social de derecho son una misma idea jurídica integral, que se va descomponiendo de la abstractamente general a una idea particular, de manera deductiva, en sentido aristotélico. Así, se tiene un contrato social del Estado (Constitución), que se descompone en variados acuerdos políticos (Gobierno - Guerrilla), acuerdos legislativos (proyecto de ley), acuerdos judiciales, como la reforma a la justicia, y acuerdos ejecutivos de gobierno frente a la descomposición social, etc. El contractualismo social del derecho está autorizado por la Constitución Política en los artículos 333 y 334 de la Constitución Nacional, y se ejecuta a través de los diferentes códigos, penales, civiles, laborales, administrativos, agrarios, de familia, etc., los cuales son acuerdos de justicia democrática, de cómo quiere la comunidad social que se protejan los intereses jurídicos tutelados, donde siempre jueces y magistrados están resolviendo sobre contratos jurídicos entre partes en la realización y perfección del contrato social del derecho