Resumen
Durante la construcción de la República, sea en sus albores entre 1811 y 1816, o, posteriormente, cuanto tratamos de hacerlo integrados entre 1821 y 1830 con la República de Colombia, y más tarde, de manera independiente, al configurar nuestro primer Estado Unitario de la Nueva Granada de 1832 a 1854, y seguidamente, cuando nos insertamos en el modelo de Estado compuesto mediante la creación de la Confederación Granadina, entre 1854,1858-1863, y después con la Federación de los Estados Unidos de Colombia, entre
1863 y 1885, tratamos de crear y mantener una sola jurisdicción para resolver las controversias entre los particulares, o entre estos y la organización estatal. Empero, también desde 1886, tratamos de crea dos o tres jurisdicciones con el mismo propósito, y desde comienzos del siglo XX, Colombia fue uno de los primeros países del mundo occidental que caminó hacia la pluralidad de jurisdicciones para el ejercicio del control judicial, tanto de la actividad pública, como de la actividad privada, para de esa manera garantizar el ejercicio eficiente y diligente de la administración de justicia, con jueces naturales debidamente preparados y especializados para dicha función y servicio.