Apuntes sobre amigable composición
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Palabras clave

Amigable composición
mandato
representación
decisión
Acuerdo final

Cómo citar

Gil Echeverry, J. H. (2018). Apuntes sobre amigable composición. Revista De La Academia Colombiana De Jurisprudencia, (368), 3-22. Recuperado a partir de https://revista.academiacolombianadejurisprudencia.com.co/index.php/revista_acj/article/view/24

Resumen

La amigable composición, como método alterno de solución de conflictos (MASC), diferente al arbitraje y a la conciliación, corresponde a una institución muy propia del derecho colombiano, puesto que en derecho comparado se equipara al arbitraje en conciencia y, por tal razón, a los árbitros habilitados para proferir laudos en equidad se les denomina árbitros arbitradores o amigables componedores.
La amigable composición, que resulta ser la cenicienta de los métodos alternos, es poco conocida y, por tanto, deficientemente estudiada. Por eso, en consecuencia, ha sido mal regulada en la normatividad vigente. En la actualidad, esta institución se encuentra reglamentada en la Sección Segunda, artículos 59 a 61 de la Ley 1563 de 2012 (Nuevo Estatuto de Arbitraje Nacional e Internacional).

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